Derechos del comprador si la vivienda tiene vicios ocultos

Qué es un vicio oculto: defecto grave que ya existía antes de la compra, no visible con una inspección normal, y suficientemente grave como para afectar el uso o el valor de la vivienda.

Ejemplos: problemas estructurales ocultos, humedades por filtraciones no manifiestas, instalaciones defectuosas ocultas tras paredes.

Qué puedes exigir (Código Civil, art. 1484 y ss.): acción redhibitoria (resolver la compraventa y recuperar el precio) o acción quanti minoris (reducción proporcional del precio).

Plazo: 6 meses desde la entrega de la vivienda — muy corto, así que no demores la reclamación. Si el vendedor era promotor profesional, pueden aplicar plazos distintos de la Ley de Ordenación de la Edificación (hasta 10 años según el tipo de defecto).

Cómo actuar: documenta el problema de inmediato, comunícalo cuanto antes, solicita un peritaje independiente, intenta acuerdo amistoso, consulta con abogado si no hay acuerdo.

Este artículo tiene fines informativos y no sustituye el asesoramiento personalizado de un abogado especializado en derecho civil.

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